ALIANZA ESTRATÉGICA

ATLÉTICO NACIONAL  ×  WESHOP  ×  RED BULL

 

TÉRMINOS Y CONDICIONES

 

PROGRAMA DE BENEFICIOS “AMIGOS RED BULL”

Incluyendo el Gran Premio · Experiencia Red Bull Bragantino, Brasil

 

 

CAMPO

DETALLE

Versión

1.1 – Versión negociada con Atlético Nacional

Fecha de emisión

Julio de 2026

Vigencia del programa

Hasta el 31 de diciembre de 2026

Responsable del premio

Red Bull Colombia S.A.S.

Jurisdicción aplicable

República de Colombia

 

 

Documento de uso público · Sujeto a la legislación colombiana vigente


 

CLÁUSULA I. – IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Y NATURALEZA DEL ACUERDO

Los presentes Términos y Condiciones (en adelante «TyC» o «el Reglamento») regulan el Programa de Beneficios «Amigos Red Bull» y el Gran Premio «Experiencia Red Bull Bragantino» (en adelante, conjuntamente, «la Actividad»), organizados en alianza por:

 

1.1 Red Bull Colombia S.A.S. («Red Bull»)

Sociedad por acciones simplificada constituida y domiciliada en la República de Colombia, responsable del financiamiento, suministro y entrega de los premios descritos en estos TyC, así como único Organizador y responsable de la Actividad frente a los Participantes, terceros y las autoridades competentes (en adelante «el Organizador»).

1.2 Club Atlético Nacional S.A. («Atlético Nacional»)

Institución deportiva de fútbol profesional colombiano, titular de los abonos para el Semestre II de 2026 (en adelante «el Torneo»), cuya plataforma y canales de comercialización sirven como habilitadores de la Actividad, actuando exclusivamente en calidad de aliado comercial y sin asumir la condición de Organizador ni corresponsabilidad alguna por la ejecución de la Actividad.

1.3 Weshop Colombia S.A.S. («Weshop»)

Plataforma de comercio electrónico habilitada para la venta de productos Red Bull en territorio colombiano, responsable de la verificación de las compras realizadas a través de su canal digital, actuando en calidad de aliado habilitador sin asumir corresponsabilidad alguna por la ejecución de la Actividad.

 

Las tres partes actuarán de manera coordinada en todo lo relacionado con la comunicación de la Actividad frente a los Participantes, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que le correspondan a cada una según su rol específico.

 

PARÁGRAFO. Red Bull Colombia S.A.S. será la única responsable de la ejecución y cumplimiento de la Actividad, así como del cumplimiento de las obligaciones legales y regulatorias derivadas de la misma frente a los Participantes y ante las autoridades competentes. En consecuencia, ni Atlético Nacional S.A. ni Weshop Colombia S.A.S. asumirán responsabilidad alguna por la ejecución de la Actividad ni por el cumplimiento de dichas obligaciones legales, quedando su participación limitada a su rol específico como aliados habilitadores conforme a lo señalado en la presente cláusula.

 

CLÁUSULA II. – OBJETO DE LA ACTIVIDAD

La Actividad comprende dos (2) componentes diferenciados pero complementarios, los cuales se rigen conjuntamente por estos TyC:

 

A. Gran Premio “Experiencia Red Bull Bragantino”: Concurso de habilidad y conocimiento de alcance nacional, cuyo objetivo es premiar a los dos (2) Participantes elegibles con mayor desempeño en una trivia virtual eliminatoria y una trivia presencial, otorgándoles un viaje individual a Brasil para conocer las instalaciones del equipo Red Bull Bragantino y explorar São Paulo.

 

B. Programa Mensual “Amigos Red Bull”: Programa de fidelización con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, que permite a los Participantes habilitados concursar mensualmente en trivias para obtener boletas dobles para eventos de marca o de terceros con presencia de Red Bull, así como artículos de merchandising oficial.

 

CLÁUSULA III. – NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACTIVIDAD – CONCURSO DE HABILIDAD Y CONOCIMIENTO

La Actividad es un concurso de destreza, conocimiento y habilidad, NO un juego de suerte y azar. El resultado depende exclusivamente de la capacidad del Participante para responder correcta y ágilmente preguntas de conocimiento factual. En consecuencia:

 

3.1. La Actividad no está comprendida dentro del monopolio estatal sobre juegos de suerte y azar regulado por la Ley 643 de 2001 ni por las normas del régimen de juegos de Coljuegos, toda vez que el premio no se asigna de manera aleatoria, sino mediante la evaluación objetiva de aciertos y velocidad de respuesta.

3.2. La Actividad se enmarca en la categoría de «certamen o concurso de habilidad», cuya organización es permitida a particulares en el marco de la libertad de empresa consagrada en el artículo 333 de la Constitución Política de Colombia y las normas del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011).

3.3. Red Bull Colombia S.A.S. se reserva el derecho de solicitar, de forma preventiva, concepto jurídico o registro ante las autoridades competentes si en desarrollo de la Actividad se identificaran elementos que puedan ser interpretados como de suerte y azar.

3.4. Las mecánicas de desempate previstas en estos TyC garantizan que el azar no determine en ningún caso al ganador definitivo.

3.5. Red Bull Colombia S.A.S. será la única responsable de la ejecución y cumplimiento de la Actividad, así como del cumplimiento de las obligaciones legales y regulatorias derivadas de su naturaleza jurídica, incluyendo las relativas al régimen del Estatuto del Consumidor y, en general, frente a las autoridades competentes. En consecuencia, ni Atlético Nacional S.A. ni Weshop Colombia S.A.S. asumirán responsabilidad alguna por dichas obligaciones, quedando su participación limitada a su rol específico como aliados habilitadores de la Actividad.

 

CLÁUSULA IV. – CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN Y ELEGIBILIDAD

Para participar en cualquiera de los componentes de la Actividad, el interesado (en adelante «el Participante») deberá cumplir de manera simultánea e inescindible todos los siguientes requisitos:

 

4.1 Requisitos personales

4.1.1. Ser persona natural mayor de dieciocho (18) años de edad a la fecha de inscripción en la plataforma habilitada.

4.1.2. Ser residente en el territorio de la República de Colombia.

4.1.3. Contar con documento de identidad válido y vigente: Cédula de Ciudadanía, Cédula de Extranjería o Permiso por Protección Temporal (PPT).

4.1.4. Disponer de una dirección de correo electrónico personal activa, que servirá como canal exclusivo de comunicación durante toda la Actividad.

4.1.5. La participación deberá ser individual y el premio solo podrá ser disfrutado por la persona inscrita que cumpla con todos los requisitos establecidos en el numeral 4.2 de la presente cláusula.

4.1.6. No ser empleado, administrador en los términos de ley, contratista, directivo, familiar hasta segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad de ninguna de las tres (3) partes de esta alianza.

 

4.2 Requisitos de compra (condición habilitante)

Dentro de los plazos establecidos en la Cláusula V, el Participante deberá acreditar las dos (2) siguientes compras:

 

•  COMPRA A: Adquirir un (1) abono válido para el Semestre II de 2026 de Atlético Nacional, a través de los canales oficiales y autorizados de venta del Club (https://www.tribunaverde.com/). No se aceptarán abonos adquiridos mediante reventas no autorizadas, transferencias de terceros ni canales distintos a los indicados por el Club.

•  COMPRA B: Adquirir un mínimo de doce (12) latas de Red Bull de cualquier sabor disponible en Colombia —incluyendo la variedad Original, Sugarfree, Red Edition, Yellow Edition y demás sabores en circulación comercial durante la vigencia de la Actividad— en una o varias transacciones realizadas exclusivamente a través de la plataforma digital de Weshop Colombia.

 

PARÁGRAFO. Ambas compras son requisitos concurrentes e indivisibles. El incumplimiento de cualquiera de ellas inhabilita la participación. Red Bull Colombia no asumirá el costo de los abonos de Atlético Nacional ni de ningún otro bien adquirido por el Participante.

 

CLÁUSULA V. – PLAZOS, VIGENCIA Y CALENDARIO DE LA ACTIVIDAD

HITO / FASE

FECHA LÍMITE / PERÍODO

CANAL

Adquisición de abono Atlético Nacional

Según calendario oficial del Club para el Semestre II de 2026

Canales oficiales del Club

Adquisición mínima 12 latas Red Bull en Weshop

Hasta 3 días hábiles antes de la fecha de la Trivia Virtual

Plataforma Weshop

Registro / inscripción del Participante

Hasta 48 horas antes de la Trivia Virtual

Plataforma habilitada Red Bull

Trivia Virtual Gran Premio (Ronda 1)

Fecha única. Comunicada 15 días hábiles antes por e-mail y redes

Plataforma digital

Trivia Presencial Gran Premio (Ronda 2)

Dentro de los 30 días calendario siguientes a la Ronda 1

Ciudad: Medellín

Entrega de premios Gran Premio

Dentro de los 60 días calendario posteriores a la Ronda 2

Coordinada por Red Bull

Trivias Mensuales Programa Amigos Red Bull

Una (1) por mes calendario. Última: diciembre de 2026

Plataforma digital

Fecha de expiración del programa

31 de diciembre de 2026 a las 23:59 horas (hora Colombia)

—

 

Red Bull Colombia publicará con al menos quince (15) días hábiles de anticipación la fecha exacta de la Trivia Virtual a través de los canales de comunicación oficiales de Red Bull Colombia, Atlético Nacional y Weshop.

 

CLÁUSULA VI. – MECÁNICA DEL GRAN PREMIO «EXPERIENCIA RED BULL BRAGANTINO»

6.1 Habilitación y registro

Una vez verificadas las compras (Compra A + Compra B), el Participante recibirá en su correo electrónico registrado una comunicación de habilitación. Deberá confirmar su participación a través del enlace contenido en dicho correo dentro del plazo indicado. La no confirmación en tiempo implicará la pérdida del derecho a participar en la Ronda 1.

 

6.2 Ronda 1 – Trivia Virtual

6.2.1. Se realizará en una única fecha y hora simultánea para todos los Participantes habilitados, a través de la plataforma digital habilitada por Red Bull Colombia.

6.2.2. Constará de sesenta (60) preguntas de selección múltiple con única respuesta, sobre temáticas de Red Bull (historia, productos, deportes patrocinados, cultura de marca) y Atlético Nacional (historia, palmarés, figuras emblemáticas, datos estadísticos del Club).

6.2.3. El tiempo máximo para responder cada pregunta será indicado en pantalla. El tiempo transcurrido desde la apertura de cada pregunta hasta la respuesta del Participante se contabilizará individualmente.

6.2.4. El sistema de puntuación combinará: (i) número de respuestas correctas (puntuación base); (ii) velocidad acumulada de respuesta expresada en segundos (desempate primario). A igual número de aciertos, avanzará quien haya empleado menor tiempo total.

6.2.5. Los dieciséis (16) Participantes con mayor puntaje combinado (mayor número de preguntas acertadas y menor tiempo en responder correctamente) clasificarán a la Ronda 2. En caso de empate en la posición 16°, se aplicará como desempate secundario una pregunta adicional de respuesta única, con tiempo cronometrado, que se enviará de inmediato al correo electrónico de los empatados; quien responda correctamente en menor tiempo accede a la Ronda 2.

6.2.6. La plataforma registrará cada respuesta con sello de tiempo (timestamp) inmutable. Ante cualquier reclamación, prevalecerán los registros del servidor.

 

6.3 Ronda 2 – Trivia Presencial (Fase Eliminatoria 1 contra 1)

6.3.1. Los dieciséis (16) clasificados participarán en un evento presencial organizado por Red Bull Colombia en la ciudad de Medellín. El lugar se comunicará con al menos diez (10) días hábiles de anticipación. El Participante deberá confirmar su asistencia dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la recepción de dicha comunicación.

6.3.2. La participación en el evento presencial es obligatoria, personal e intransferible. El clasificado que no se presente en el horario y lugar indicados perderá su cupo y será reemplazado por el siguiente en el ranking de la Ronda 1.

6.3.3. El formato será de eliminación directa 1 vs. 1 con el siguiente cuadro:

 

FASE

ENFRENTAMIENTOS

AVANZA

PREGUNTAS POR DUELO

Cuartos de Final (1/4)

8 duelos simultáneos

8 ganadores

10 preguntas

Semifinal (1/2)

4 duelos simultáneos

4 ganadores

10 preguntas

Final de Consolación

1 duelo (3°/4° puesto)

Sin acceso al Gran Premio (Premios Secundarios – Merch Red Bull)

10 preguntas

Gran Final

1 duelo

2 GANADORES del Gran Premio

10 preguntas + desempate si aplica

 

6.3.4. El duelo se resuelve por quien responda correctamente más preguntas. En caso de empate, se continuará con preguntas adicionales (muerte súbita) hasta que un Participante tenga ventaja de acierto.

6.3.5. El sorteo del cuadro de enfrentamientos se realizará en acto público el día del evento presencial, con presencia de un representante de cada organización.

6.3.6. La Ronda 2 será grabada en audio y video para efectos de auditoría y transparencia. Red Bull Colombia S.A.S. será el titular exclusivo de todos los derechos sobre el contenido generado en el marco de la Ronda 2. El Organizador podrá usar dicho contenido con fines editoriales y promocionales, previa autorización expresa de los Participantes conforme al consentimiento suscrito al aceptar el premio. El Organizador podrá autorizar a los Aliados el uso de dicho contenido exclusivamente para fines directamente vinculados al objeto de los presentes Términos y Condiciones, sin que dicha autorización implique cesión de derechos sobre el contenido.

6.3.7. Ni el Organizador ni los Aliados asumirán gastos de traslado a la actividad presencial (Ronda 2) ni cualquier otro gasto en que incurra el Participante con ocasión de la presente Actividad.

 

PARÁGRAFO. El día de la Trivia Presencial, el formato podrá modificarse en caso de que alguno de los Participantes no se presente y, como consecuencia, el número de Participantes resulte impar, lo que imposibilitaría la ejecución en su formato previsto. Lo anterior no constituirá incumplimiento de los presentes Términos y Condiciones.

 

CLÁUSULA VII. – MECÁNICA DEL PROGRAMA MENSUAL «AMIGOS RED BULL»

Los Participantes que cumplan los requisitos de las Compras A y B y no hayan ganado el Gran Premio tendrán acceso automático al Programa Mensual «Amigos Red Bull», con las siguientes condiciones:

 

7.1. Vigencia: Desde la habilitación del Participante hasta el 31 de diciembre de 2026.

7.2. Periodicidad: Una (1) trivia mensual, en fechas comunicadas por correo electrónico y redes sociales oficiales con al menos cinco (5) días de anticipación.

7.3. Contenido: Preguntas de conocimiento general sobre Red Bull (marca, deportes, eventos, productos), Atlético Nacional y cultura general.

7.4. Premios mensuales disponibles:

•  Boletas dobles (2 entradas) para eventos y festivales de Red Bull o de terceros en los que Red Bull tenga presencia oficial de marca (patrocinios confirmados).

•  Artículos de merchandising oficial Red Bull a discreción de Red Bull (ropa, accesorios, artículos de colección).

7.5. Número de ganadores por trivia mensual: A determinar por Red Bull según disponibilidad de premios del mes, lo cual será informado antes de cada trivia.

7.6. Restricción de reincidencia: Quien haya ganado un premio en cualquier trivia mensual anterior no podrá ganar un nuevo premio mensual durante la vigencia del programa. Podrá seguir participando pero quedará excluido del ranking de ganadores.

7.7. La participación en trivias mensuales no genera derechos adquiridos ni acumulación de puntos entre meses.

 

PARÁGRAFO. Los ganadores del Gran Premio (Experiencia Red Bull Bragantino) quedan automáticamente excluidos de participar en las trivias mensuales del Programa Amigos Red Bull, a partir de la fecha en que se confirme su condición de ganadores.

 

CLÁUSULA VIII. – DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS PREMIOS

8.1 Gran Premio – Experiencia Red Bull Bragantino (2 premios individuales)

Cada uno de los dos (2) ganadores del Gran Premio recibirá, de manera individual e intransferible, el siguiente paquete:

 

COMPONENTE

DESCRIPCIÓN

CONDICIÓN

Tiquetes aéreos

Vuelo ida y regreso en clase económica: Colombia (ciudad principal) → São Paulo (GRU o VCP) → Colombia (ciudad principal)

Fechas definidas por Red Bull Colombia

Hospedaje

3 noches en hotel categoría 4 estrellas en São Paulo o zona Bragança Paulista

Habitación individual / sencilla

Visita Red Bull Bragantino

Tour exclusivo por las instalaciones oficiales del Club (Estadio / CT / Museo) + Asistencia a Partido Oficial del Club

Sujeto a la agenda operativa del Club

Experiencia São Paulo

City tour guiado por puntos de interés turístico y cultural de la ciudad

Coordinado por agencia designada

Traslados

Traslados terrestres aeropuerto–hotel–instalaciones durante la estadía

Incluidos en el paquete

Alimentación

Desayunos, almuerzos y cenas incluidos durante los cuatro (4) días de la estadía

—

Seguros de viaje

Póliza básica de asistencia médica de viajero internacional

Según condiciones de la aseguradora

 

El viaje tendrá una duración de cuatro (4) días y tres (3) noches. El itinerario detallado será comunicado al ganador con al menos quince (15) días calendario de anticipación a la fecha de viaje.

 

PARÁGRAFO. No están incluidos: bebidas personales distintas a las servidas con las comidas, compras personales, souvenirs, propinas, tasas de exceso de equipaje, trámites de visa (si aplica), impuestos de aeropuerto en destino no incluidos en el tiquete, ni ningún gasto no expresamente listado.

 

8.2 Premios Programa Mensual «Amigos Red Bull»

Los premios mensuales serán informados en detalle antes de cada trivia. Por su naturaleza variable, Red Bull Colombia se reserva el derecho de sustituir cualquier premio mensual por otro de valor equivalente o superior, previa comunicación a los Participantes. Los boletos para eventos están sujetos a disponibilidad y aforo de cada evento.

 

CLÁUSULA IX. – PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DEL PREMIO Y OBLIGACIONES DEL GANADOR

9.1. Una vez determinado el ganador, Red Bull Colombia lo notificará por correo electrónico dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la conclusión de la Ronda 2.

9.2. El ganador deberá responder la notificación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, aceptando el premio y aportando la documentación solicitada (documento de identidad, pasaporte vigente si aplica para el viaje internacional, RUT para efectos tributarios y formulario de datos personales).

9.3. La no respuesta en el plazo indicado se entenderá como renuncia al premio, pasando este al siguiente candidato en el ranking de la Ronda 2.

9.4. El ganador deberá tramitar por su cuenta y a su costo cualquier visa o documento de viaje requerido para ingresar a Brasil. Red Bull Colombia facilitará la carta de invitación oficial para efectos de la solicitud consular, pero no garantiza la expedición de visados por parte de las autoridades migratorias.

9.5. El premio es personal, intransferible e indelegable. No podrá cederse a terceros, canjearse por dinero en efectivo, ni sustituirse a solicitud del ganador.

9.6. Red Bull Colombia coordinará con el ganador las fechas del viaje dentro de un rango de disponibilidad de noventa (90) días calendario posteriores a la comunicación oficial del ganador. Las fechas estarán sujetas a disponibilidad de vuelos, instalaciones de Red Bull Bragantino y operación logística.

9.7. El ganador autoriza expresamente al Organizador y a los Aliados a publicar su nombre, imagen y testimonio en sus medios digitales y físicos, con fines promocionales y editoriales, sin contraprestación económica adicional.

 

CLÁUSULA X. – RÉGIMEN TRIBUTARIO APLICABLE A LOS PREMIOS

De conformidad con el Estatuto Tributario de Colombia (Decreto 624 de 1989 y sus modificaciones):

 

10.1. Gran Premio – Viaje a Brasil: El valor comercial del paquete de viaje (determinado mediante avalúo comercial) constituye ingreso gravado para el ganador. Red Bull Colombia S.A.S., como agente retenedor, practicará la retención en la fuente que corresponda según la naturaleza del ingreso y el valor del premio conforme a las disposiciones del Artículo 401 del Estatuto Tributario (tarifa del veinte por ciento (20%) para premios de concursos en los términos del Artículo 306 E.T., o la que resulte aplicable según la normativa vigente al momento del pago).

10.2. El certificado de retención en la fuente será expedido por Red Bull Colombia al ganador, conforme a los términos del Artículo 381 del Estatuto Tributario.

10.3. El ganador es responsable de incluir el valor del premio en su declaración de renta del año gravable correspondiente, de acuerdo con sus obligaciones tributarias individuales.

10.4. Premios mensuales: Los premios en especie (boletas, merchandising) seguirán igual tratamiento. Para premios de menor cuantía, se verificará si superan los umbrales de exención o sujeción a retención conforme a la normativa tributaria vigente.

10.5. Cualquier impuesto adicional —IVA, impuesto al patrimonio u otro gravamen— que no sea imputable a Red Bull Colombia como agente retenedor, será de cargo exclusivo del ganador.

 

CLÁUSULA XI. – TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES – LEY 1581 DE 2012

11.1. En cumplimiento de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 (compilados en el Decreto 1074 de 2015), los Participantes autorizan de forma expresa, previa e informada que sus datos personales sean recolectados y tratados por Red Bull Colombia S.A.S. como Responsable del Tratamiento.

11.2. Finalidades del tratamiento: (i) verificación de elegibilidad; (ii) gestión y notificación de premios; (iii) cumplimiento de obligaciones tributarias; (iv) actividades de marketing y comunicación de la Actividad, con el consentimiento explícito del Participante; (v) auditoría interna de la Actividad. Atlético Nacional actuará en calidad de Encargado del Tratamiento respecto de los datos de sus abonados, procesando dicha información exclusivamente bajo las instrucciones del Responsable del Tratamiento y para los fines señalados en la presente cláusula, sin que ello le otorgue facultad para utilizar los datos de forma autónoma o para finalidades distintas a la Actividad.

11.3. Datos recolectados: nombre completo, tipo y número de documento de identidad, correo electrónico, número de celular, ciudad de residencia, datos de compra verificados por Weshop y Atlético Nacional.

11.4. Transferencia de datos: Los datos podrán ser transferidos entre las Partes exclusivamente para los fines de la Actividad. No se realizarán cesiones a terceros sin consentimiento adicional del titular.

11.5. Derechos del titular: El Participante podrá ejercer los derechos de conocer, actualizar, rectificar o cancelar sus datos, u oponerse a su tratamiento, mediante solicitud escrita a las compañías intervinientes de la Actividad, vía digital o física.

11.6. La Política de Privacidad completa de Red Bull Colombia estará disponible en el sitio web oficial. La participación en la Actividad implica la aceptación de dicha política.

11.7. Los datos serán conservados por el tiempo estrictamente necesario para cumplir las finalidades descritas y las obligaciones legales aplicables, en particular las de carácter tributario y de auditoría (mínimo cinco (5) años).

 

CLÁUSULA XII. – RESTRICCIONES, INCOMPATIBILIDADES Y CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN

12.1 Restricciones de participación

12.1.1. No podrán participar empleados, administradores en los términos de ley, accionistas, representantes legales, contratistas ni familiares hasta segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad de Red Bull Colombia S.A.S., Club Atlético Nacional S.A. ni Weshop Colombia S.A.S.

12.1.2. Cada persona natural podrá participar una única vez en el Gran Premio (un solo registro, independientemente del número de abonos o latas adquiridas).

12.1.3. Los ganadores del Gran Premio quedan inhabilitados para participar en las trivias mensuales del Programa Amigos Red Bull.

12.1.4. Quienes hayan ganado un premio mensual no podrán volver a ganar otro premio mensual durante la vigencia del programa (31 de diciembre de 2026).

12.1.5. La participación y el premio son intransferibles. En ningún caso podrán cederse a otra persona ni ser objeto de negociación.

 

12.2 Causales de descalificación

Las siguientes conductas generarán la descalificación automática e irrevocable del Participante:

 

•  Suministrar información falsa, documentos adulterados o identidades suplantadas.

•  Adquirir abonos o latas de Red Bull a través de canales no autorizados.

•  Utilizar bots, scripts automatizados, programas de ayuda o cualquier herramienta tecnológica que manipule la trivia.

•  Compartir preguntas o respuestas de la trivia con otros Participantes durante el desarrollo de la misma.

•  Incurrir en conductas de fraude, engaño, colusión o cualquier práctica desleal.

•  Presentar comportamientos contrarios a la ética deportiva y de convivencia en el evento presencial.

•  Cualquier violación a las disposiciones de estos TyC.

 

La descalificación implicará la pérdida de todos los derechos sobre premios, sin lugar a reclamación, compensación ni reembolso de las compras realizadas (las cuales corresponden a relaciones comerciales independientes con Atlético Nacional y Weshop, respectivamente).

 

CLÁUSULA XIII. – RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

13.1. Red Bull Colombia S.A.S. es el único responsable del pago y entrega de los premios descritos en estos TyC, así como de la ejecución general de la Actividad frente a los Participantes y las autoridades competentes.

13.2. En su calidad de Aliado y únicamente respecto de su rol específico como habilitador, Atlético Nacional velará por la veracidad y vigencia de los abonos emitidos por sus canales oficiales y por la comunicación de la Actividad a su base de abonados, sin que ello implique asumir responsabilidad alguna por la ejecución de la Actividad, la cual corresponde exclusivamente al Organizador.

13.3. Weshop es responsable de la verificación de las compras realizadas a través de su plataforma y de la transmisión de los datos de compra a Red Bull Colombia en los plazos acordados, sin que ello implique asumir responsabilidad alguna por la ejecución de la Actividad.

13.4. El Organizador y los Aliados no serán responsables por: (i) fallas en la conexión a Internet del Participante; (ii) errores en el correo electrónico suministrado por el Participante; (iii) caso fortuito o fuerza mayor; (iv) actos u omisiones de terceros ajenos a la Actividad; (v) imposibilidad de realizar el viaje por negativa de visa o restricciones migratorias; (vi) cambios en el itinerario del viaje por causas de seguridad, meteorológicas o de fuerza mayor en Brasil.

13.5. La participación en la Actividad y en el viaje es voluntaria. Los Participantes y ganadores asumen bajo su responsabilidad cualquier riesgo inherente a la participación en eventos presenciales o en viajes internacionales.

13.6. El Organizador y los Aliados no otorgan garantías sobre la disponibilidad continua de la plataforma digital de trivia y realizarán sus mejores esfuerzos para garantizar la estabilidad técnica del sistema. Ante fallas técnicas imputables al Organizador, se establecerá una nueva fecha para la Ronda 1.

 

CLÁUSULA XIV. – PUBLICIDAD, COMUNICACIONES Y PROPIEDAD INTELECTUAL

14.1. Todas las comunicaciones oficiales de la Actividad se realizarán a través de los canales verificados de Red Bull Colombia, Atlético Nacional y Weshop. Los Participantes deben ser cautelosos ante comunicaciones que no provengan de dichos canales.

14.2. Red Bull Colombia no solicitará pagos adicionales a los Participantes ni a los ganadores por ningún concepto relacionado con los premios. Cualquier solicitud de pago será un indicio de fraude y debe reportarse a las autoridades.

14.3. Las marcas, logos, signos distintivos e imágenes de Red Bull, Atlético Nacional y Weshop son de propiedad exclusiva de sus respectivos titulares. Su uso en el marco de la Actividad no otorga ningún derecho de uso a los Participantes.

14.4. El contenido generado por los Participantes (fotos, videos, testimonios) durante el viaje o los eventos podrá ser compartido por el Organizador y los Aliados en sus canales, previa autorización expresa del Participante, conforme a los términos del consentimiento suscrito al aceptar el premio.

 

CLÁUSULA XV. – CUMPLIMIENTO NORMATIVO – BEBIDAS ENERGIZANTES

15.1. Red Bull es una bebida energizante con registro sanitario expedido por el INVIMA. Su consumo está restringido a personas mayores de edad y no se recomienda para mujeres embarazadas, personas con sensibilidad a la cafeína, ni mezclado con alcohol.

15.2. La presente Actividad NO incentiva el consumo excesivo de bebidas energizantes. El mínimo de doce (12) latas requerido como condición de participación corresponde a un consumo distribuido en el tiempo, coherente con las recomendaciones de la autoridad sanitaria.

15.3. Las comunicaciones de la Actividad incluirán las advertencias sanitarias obligatorias conforme a la Resolución 4150 de 2009 del INVIMA y las normas que la modifiquen o complementen.

15.4. Esta Actividad no está dirigida a menores de dieciocho (18) años. Las plataformas de participación incluirán verificación de mayoría de edad.

 

CLÁUSULA XVI. – MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA

16.1. Red Bull Colombia, en coordinación con los Aliados, se reserva el derecho de modificar, suspender o terminar anticipadamente la Actividad o cualquiera de sus fases, cuando existan razones de fuerza mayor, caso fortuito, razones de seguridad, cambios normativos, o circunstancias extraordinarias que así lo justifiquen.

16.2. Las modificaciones serán informadas con al menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación cuando las circunstancias lo permitan, a través de los canales oficiales de comunicación.

16.3. En caso de terminación anticipada, los Participantes no tendrán derecho a reclamar compensación por las compras realizadas, dado que los abonos de Atlético Nacional y las latas de Red Bull tienen valor en sí mismos, con independencia de la Actividad.

16.4. Si la terminación anticipada ocurre antes de la entrega de premios ya confirmados a ganadores, Red Bull Colombia hará sus mejores esfuerzos para cumplir con dichas entregas en condiciones equivalentes.

 

CLÁUSULA XVII. – MECANISMO DE RECLAMACIONES Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

17.1. El Participante podrá presentar reclamaciones relacionadas con la Actividad a través del canal oficial que Red Bull Colombia habilitará para tal fin, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al evento que origina la reclamación.

17.2. El Organizador y los Aliados responderán las reclamaciones dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción.

17.3. Para controversias de naturaleza consumerista, el Participante podrá acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en los términos previstos por la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y sus normas reglamentarias.

17.4. Para controversias de mayor cuantía o naturaleza contractual entre las Partes de la alianza, estas se someterán a la jurisdicción ordinaria de los jueces civiles del Circuito de la ciudad de Medellín, Colombia.

17.5. Estos TyC se rigen en su integridad por las leyes de la República de Colombia.

 

CLÁUSULA XVIII. – MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA

Sin perjuicio de cualquier otra norma aplicable, los presentes TyC se elaboran con fundamento en:

 

•  Constitución Política de Colombia (Arts. 333, 78).

•  Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor y sus Decretos Reglamentarios.

•  Ley 643 de 2001 – Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar (excluida su aplicación por tratarse de concurso de habilidad).

•  Ley 1581 de 2012 – Protección de Datos Personales y Decreto 1377 de 2013.

•  Decreto 624 de 1989 – Estatuto Tributario y sus normas modificatorias (Arts. 306, 381, 401).

•  Decreto 1074 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio.

•  Resolución INVIMA 4150 de 2009 y normativa INVIMA sobre bebidas energizantes.

•  Ley 300 de 1996 y normas concordantes sobre industria turística (servicios de viaje).

•  Ley 679 de 2001 y normas de protección de menores.

•  Normas sobre publicidad de bebidas con cafeína: Ley 30 de 1986 y disposiciones complementarias.

•  Resoluciones y circulares de la SIC aplicables a actividades promocionales.

 

CLÁUSULA XIX. – DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES

19.1. La participación en la Actividad implica la lectura, comprensión y aceptación total e irrevocable de los presentes TyC.

19.2. Si alguna cláusula de estos TyC fuera declarada inválida o inaplicable por autoridad competente, las demás cláusulas mantendrán plena vigencia.

19.3. La tolerancia o inacción del Organizador y los Aliados ante el incumplimiento de alguna disposición no constituirá renuncia a exigir su cumplimiento en el futuro.

19.4. Los presentes TyC prevalecerán sobre cualquier comunicación verbal o informal relacionada con la Actividad.

19.5. Versión en inglés: En caso de elaborarse una versión en inglés de estos TyC a efectos informativos, la versión en español será la versión oficial vinculante en caso de discrepancia.

19.6. Idioma oficial de la Actividad: Español. Las trivias se desarrollarán en idioma español.

19.7. Los presentes TyC entran en vigencia desde su publicación oficial en los canales de las Partes y se extenderán hasta la liquidación total de premios y el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la Actividad.

 

CLÁUSULA XX. – DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN

La inscripción en la plataforma digital habilitada para la Actividad, el clic en «Acepto los Términos y Condiciones» o el envío del formulario de registro, constituyen la aceptación plena, libre, voluntaria y sin reservas del Participante a la totalidad de los presentes TyC. Quien no esté de acuerdo con alguna de las disposiciones aquí contenidas deberá abstenerse de participar en la Actividad.

 

ℹ VERSIÓN COMPLETA: Los presentes TyC, junto con la Política de Privacidad de Red Bull Colombia y los reglamentos complementarios de cada trivia mensual, constituyen el marco regulatorio integral de la Actividad.

 

 

Medellín, Colombia – Julio de 2026

 

by Postobón

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